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Whitmer extiende todas las órdenes de protección personal hasta el 21 de julio

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Por Héctor Loya/ El Informador

LANSING, MI. – La gobernadora Gretchen Whitmer extendió este lunes 27 de abril todas las órdenes de protección personal, incluso aquellas que estaban por expirar hasta el 21 de julio de 2020.

«Los residentes de Michigan que solicitan órdenes de protección personal debido a amenazas, acoso y abuso deben tener tranquilidad en sus hogares durante la crisis de salud en curso», declaró el gobernador en un comunicado de su oficina.

La Orden Ejecutiva 2020-63 se produce al mismo tiempo que la Corte Suprema de Michigan emitió una orden administrativa que extendió la validez de las PPO hasta 90 días después del levantamiento de la declaración de estado de emergencia del estado.

La orden ejecutiva dicta los siguiente:

  1. De conformidad con la Orden Administrativa de la Corte Suprema de Michigan No. 2020-11, todas las órdenes de protección personal que de otro modo expirarían durante la cuarentena se extienden hasta el 21 de julio de 2020.
  2. El tribunal o la agencia de aplicación de la ley que ingresó la orden de protección personal en la red de información policial (LEIN) registrará la extensión en LEIN y, en la medida requerida por la ley, notificará al demandado de la extensión.
  3. En el momento en que el tribunal o la agencia de aplicación de la ley registra la extensión en LEIN, el tribunal o la agencia de aplicación de la ley también inspeccionará la entrada LEIN para determinar si indica que la orden de protección personal se ha cumplido en el demandado. Si LEIN indica que se ha cumplido la orden de protección personal, entonces el tribunal o la agencia de aplicación de la ley modificará la entrada LEIN para que indique que la orden de protección personal aún no se ha entregado en el demandado.
  4. Esta orden no prohíbe cualquier objeción a la extensión de una protección personal bajo el procedimiento descrito en la Orden Administrativa No. 2020-11, que excluya cualquier moción para modificar o terminar una orden de protección personal, o prohibir a un peticionario desde consentir hasta la terminación de una orden de protección personal.
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Esta orden entra en vigencia inmediatamente después de su emisión.