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Por Valeria Scheid Zamora
Hola espero se encuentren muy bien. Como sabemos el 15 de abril es la fecha límite para enviar la declaración anual de los impuestos anuales tanto personales como de negocios, por lo tanto, ya nos queda exactamente un mes.
Por otro parte, me da gusto que muchas personas han estado leyendo sobre las recomendaciones y comentarios que escribimos en esta columna semanalmente, muchas gracias por su interés de aprender sobre experiencias que transmito relativo a impuestos y otras cosas.
En estos meses de preparación de impuestos me he dado cuenta que la mayoría de los clientes que han venido aquí conmigo a calcular sus impuestos no tienen conocimiento de las leyes del IRS federales y estatales, y claro tienen razón por eso están pagando por un servicio, pero al ver esto, me doy a la tarea de orientarlos más por cada cantidad se está declarando, pues es muy importante tomarse el tiempo y explicarles la importancia de los números, pues ellos se lo merecen.
Como en todo, existen varios tipos de pagadores de impuestos, los que traen todos sus documentos bien ordenaditos y cuentas, sus comprobantes, etc., pues uno como preparador les agradece mucho esto porque podemos trabajar mejor y calcular mejores resultados.
Es una pena cuando no reciben completo el reembolso de dinero por diferentes situaciones como deudas para el soporte de hijos, por adeudos de impuestos de años anteriores al IRS. ¡En ocasiones pueden llegar a pensar que igual uno se quedó con su dinero, uyy no para nada! Todo podría suceder, pero menos eso en mi caso.
Para las personas que por algún motivo no alcancen a declarar el 15 de abril, pueden enviar la forma 4868 de extensión para presentarlos 6 meses después, es decir, el 15 de octubre como última fecha límite.
Si un contribuyente decide llamar, el IRS les recuerda que tengan a la mano la siguiente información:
**Números de seguro social y fechas de nacimiento de quienes aparecen en la declaración de impuestos, ** La carta del Número de identificación del contribuyente individual (ITIN), El estado civil tributario: soltero, cabeza de familia, casado
**Una copia de la declaración de impuestos en cuestión. Cualquier carta o notificación del IRS recibida por el contribuyente.
Valeria Scheid Zamora. – Contadora, Preparadora de Impuestos y Notaria
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