Por Valeria Scheid Zamora
s muy importante realizar durante el año los impuestos estimados, pues tienen que pagarse según usted gane o reciba ingresos durante el año, ya sea a través de la retención o de los pagos estimados del impuesto. Si la cantidad del impuesto sobre los ingresos retenida de su salario o pensión no es suficiente, o si usted recibe ingresos tales como intereses, dividendos, pensión conyugal, ingresos del trabajo por cuenta propia, ganancias de capital, premios y galardones, puede que tenga que hacer pagos de impuestos estimados. Si usted tiene un negocio por cuenta propia, generalmente tiene que hacer pagos estimados de impuestos. El impuesto estimado no solo se utiliza para pagar los impuestos sobre los ingresos, sino otros impuestos tales como los del trabajo por cuenta propia y el impuesto mínimo alternativo.
Si usted no paga suficiente impuesto a través de la retención y los pagos de impuestos estimados, se le puede cobrar una multa. También se le puede cobrar una multa si sus pagos de impuestos estimados están tardíos, incluso si usted tiene derecho a un reembolso cuando presente su declaración de impuestos.
Quiénes tienen que pagar el Impuesto Estimado
Los individuos, incluidos los propietarios únicos, socios, y accionistas de sociedades anónimas tipo S, generalmente tienen que efectuar los pagos de impuestos estimados si esperan adeudar impuestos de $1,000 o más al presentar su declaración.
Generalmente, las sociedades anónimas tienen que efectuar los pagos de impuestos estimados si anticipan adeudar impuestos de $500 o más al presentar su declaración.
Quiénes no tienen que pagar el Impuesto Estimado
Si usted recibe salarios y sueldos, puede evitar tener que pagar el impuesto estimado solicitándole a su empleador que retenga más impuestos de sus ingresos. Para hacerlo, preséntele un nuevo formulario W-4, a su empleador. Hay una línea especial en el Formulario W-4(SP) en la que puede anotar la cantidad adicional que usted desee que su empleador le retenga.
Usted no tiene que pagar el impuesto estimado para el año en curso si cumple las tres condiciones siguientes:
- No tuvo responsabilidad tributaria para el año anterior
- Fue un ciudadano o residente de los EE.UU. durante el año entero
- Su año tributario anterior cubrió un período de 12 meses completo
Valeria Scheid Zamora Contadora y preparadora de impuestos y notaria del Crece Latino. LLC. Estoy a tus ordenes al teléfono (616) 452 8748.